AYUDAS DE APOYO AL EMPRENDIMIENTO A TRAVÉS DE LA FINANCIACIÓN DE LAS CUOTAS SOCAILES Y/O DEL ALQUILER DE OFICINAS, BAJOS COMERCIALES O CENTROS DE TRABAJO DE LAS PERSONAS AUTONÓMAS – PEL AUTONÓMOS 2026

Nombre: AYUDAS DE APOYO AL EMPRENDIMIENTO A TRAVÉS DE LA FINANCIACIÓN DE LAS CUOTAS SOCAILES Y/O DEL ALQUILER DE OFICINAS, BAJOS COMERCIALES O CENTROS DE TRABAJO DE LAS PERSONAS AUTONÓMAS – PEL AUTONÓMOS 2026
Plazo de presentación: Desde el 2025-11-15 hasta el 2025-12-16
Tipo de ayuda: Concurrencia competitiva
Organismo: DEPUTACIÓN PROVINCIAL A CORUÑA
Beneficiarios: Las personas autónomas que realicen una actividad profesional o empresarial y que reúnan los siguientes requisitos:
No haber sido persona beneficiaria en la anualidad 2025 de las ayudas PEL-AUTÓNOMOS/AS. Este requisito se aplicará a todas las personas autónomas que hayan sido beneficiarios/las por Resolución de concesión en la convocatoria 2025 de PIEL-AUTÓNOMOS/AS.
Tener el domicilio fiscal y como mínimo un centro de trabajo(*) en un municipio de la provincia de A Coruña de población inferior la 10.000 habitantes, conforme los datos más recientes disponibles en el Instituto Gallego de Estadística y segundo lo recogido en el correspondiente Certificado de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) en el momento de presentar la solicitud.
Con anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria:
Estar en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o cualquier otro régimen especial o sistema especial por cuenta propia de la Seguridad Social.
Estar en alta como titular de alguna actividad profesional o empresarial que figure recogida en el Certificado de Situación Censual de la AEAT.
(*) En el caso de solicitar exclusivamente las cuotas correspondientes al régimen de la Seguridad Social, podrán acceder a la subvención aquellos/las solicitantes que no dispongan de centro de trabajo, siempre que conste en el correspondiente Certificado emitido por la AEAT que la actividad se desarrolla fuera de un local determinado o, no exista obligación legal de disponer de centro de trabajo
Proyectos subvencionables: Las cuotas mensuales de la Seguridad Social correspondientes al régimen por cuenta propia del año 2026.
Los gastos mensuales correspondientes al año 2026 de los alquileres de oficinas, bajos comerciales o centros de trabajo donde se lleve a cabo una actividad económica dada de alta en el IAE/IAE.
Las personas solicitantes podrán solicitar la subvención para ambos conceptos o únicamente para uno de ellos, según sus necesidades.
Consideraciones sobre la ayuda para alquiler:
La persona solicitante deberá tener un contrato por escrito de arrendamiento de un local para desarrollar la actividad económica, subscrito por la persona autónoma titular de la actividad económica conforme el certificado de la AEAT, con una duración inicial o prórroga igual o superior la 1 año.
La ayuda quedará limitada a un único local en alquiler.
El local alquilado deberá estar situado en un ayuntamiento de la provincia de A Coruña de población inferior la 10.000 habitantes y figurar expresamente como local directamente afecto a la actividad económica dada de alta en el IAE/IAE segundo lo recogido en el correspondiente Certificado de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
No se admitirá el pago en metálico del arrendamiento, debiendo constar acreditado el pago mediante cualquier modalidad de pago bancario que cumpla los requesitos referidas en el artículo 28.2 de la Ordenanza de Subvenciones y transferencias de la Diputación de A Coruña ( BOP núm. 185 de 29 de septiembre de 2025).
Gastos subvencionables: Los indicados en el apartado anterior de proyectos subvencionables.


