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AYUDAS PARA EL CRECIMIENTO O CONSOLIDACIÓN DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS Y LAS MICROEMPRESAS MADRILEÑAS – CCAA MADRID 2026

2026/03/17 hasta el 2026/12/31

Nombre: AYUDAS PARA EL CRECIMIENTO O CONSOLIDACIÓN DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS Y LAS MICROEMPRESAS MADRILEÑAS – CCAA MADRID 2026
Plazo de presentación: Desde el 2026-03-17 hasta el 2026-12-31
Tipo de ayuda: Concurrencia no competitiva (por orden de entrada)
Organismo: CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO COMUNIDAD MADRID
Beneficiarios: Los trabajadores autónomos y microempresas que desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
Proyectos subvencionables: Las actuaciones dirigidas a obtener un crecimiento o consolidación de la empresa. Estas actuaciones se recogerán en un plan de negocio que determinará el plazo de ejecución de la ayuda. En este sentido, tendrá consideración de crecimiento o consolidación el proceso en el cual una empresa expande sus operaciones, aumenta sus ingresos y beneficios, y se consolida en el mercado. Este proceso puede manifestarse de diversas formas, como el aumento de la facturación, la ampliación de la base de clientes, la diversificación de productos o servicios, la expansión geográfica, o la mejora de la eficiencia interna en términos de reducción de costes o tiempos en los mismos procesos. En cualquier caso, para poder ser subvencionable, este proceso de crecimiento o consolidación debe conllevar necesariamente un incremento de la plantilla media
Gastos subvencionables: Los gastos que resulten necesarios para el crecimiento o consolidación de la empresa. Estos gastos deberán estar contemplados dentro del plan de negocio y podrán ser los siguientes:
Contratación de personal que suponga una ampliación de la plantilla de la empresa. En este caso se subvencionarán los costes asociados a la cotización a la Seguridad Social del nuevo personal durante el tiempo asociado a la ejecución del plan de negocio.
Obras de ampliación o transformación de establecimientos de la empresa.
Gastos asociados al traslado o apertura de nuevos establecimientos.
Adquisición e instalación de equipamiento, maquinaria y mobiliario necesario para el desarrollo de la actividad, incluido el de tipo informático o tecnológico y el software necesario.
Gastos asociados a la adquisición o fusión de la empresa beneficiaria con otra empresa con el objeto de expandir el negocio.Podrán ser objeto de ayuda los gastos asociados a estudios para la identificación y el análisis de las oportunidades de fusión/adquisición, estudios de viabilidad de la operación, gastos de asesoría jurídica y fiscal, gastos de notaría, elaboración e implementación de planes de integración postfusión/adquisición, así como el propio coste asociado a la operación, siempre que la adquisición/fusión se haya llevado a cabo.
Además, la adquisición o fusión por parte de la empresa beneficiaria deberá cumplir los siguientes requisitos para ser considerada objeto de la ayuda:
La empresa adquirida/fusionada deberá tener actividad mercantil previa a la solicitud.
Quedan excluidas adquisiciones/fusiones con empresas con las que ya hubiera existido una participación accionarial en los seis meses previos a la solicitud.

Igualmente, la empresa adquirida/fusionada deberá cumplir los mismos requisitos que se exigen como entidad beneficiara en los apartados b), e), f) y g).

Detalles

  • Comienza: 2026/03/17
  • Finaliza: 2026/12/31

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