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IG408G. AYUDAS A STARTUPS 2026

2026/01/28 hasta el 2026/09/30

Nombre: IG408G. AYUDAS A STARTUPS 2026
Plazo de presentación: Desde el 2026-01-28 hasta el 2026-09-30
Tipo de ayuda: Concurrencia no competitiva (por orden de entrada)
Organismo: (IGAPE) Instituto Galego de Promocion Economica (IGAPE)
Beneficiarios: Las startups gallegas o con un centro de trabajo en Galicia.
Se considerarán startups, de acuerdo con la definición contenida en el artículo 3 de la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, toda persona jurídica, incluidas las empresas de base tecnológica creadas al amparo de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la ciencia, la tecnología y la innovación, que reúna simultáneamente las siguientes condiciones:

a) Ser de nueva creación o, no siendo de nueva creación, cuando no transcurrieran más de cinco años desde la fecha de inscripción en el Registro Mercantil, o Registro de Cooperativas competente, de la escritura pública de constitución, con carácter general, o de siete en el caso de empresas de biotecnología, energía, industriales y otros sectores estratégicos o que desarrollaran tecnología propia, diseñada íntegramente en España.
b) No surgir de una operación de fusión, escisión o transformación de empresas que no tengan consideración de empresas emergentes. Los términos concentración o segregación se consideran incluidos en las anteriores operaciones.
c) No distribuir ni haber distribuido dividendos, o retornos en el caso de cooperativas.
d) No cotizar en un mercado regulado.
e) Tener su sede social, domicilio social o establecimiento permanente en España.
f) Tener al 60 % del personal con un contrato laboral en España. En las cooperativas se computarán dentro del personal, a los solos efectos del citado porcentaje, los socios trabajadores y los socios de trabajo, cuya relación sea de naturaleza societaria.
g) Desarrollar un proyecto de emprendimiento innovador que cuente con un modelo de negocio escalable.
Proyectos subvencionables: Cualquier gasto o inversión en los que incurra la startup desde el 1 de enero de 2026 hasta la fecha de la solicitud de ayuda, que estén vinculados con la actividad de la startup en Galicia.

Las inversiones en activos fijos, materiales o inmateriales, deberán ser nuevos, adquiridos en propiedad por la persona beneficiaria y deberán ser adquiridos a terceros
Gastos subvencionables: Los gastos subvencionables son los costes efectivamente asumidos por el perceptor de una subvención y que se ajustan a los siguientes requisitos generales:
a) Que se hayan efectuado a lo largo de la duración de la acción o del programa de trabajo.
b) Que se hayan consignado en el presupuesto estimado total de la acción o del proyecto.
c) Que sean necesarios para la ejecución de las actuaciones objeto de la subvención.
d) Que sean identificables y verificables; en particular, que consten en la contabilidad del/de la beneficiario/a y que se hayan determinado de acuerdo con las normas contables aplicables en el país en el que el/la beneficiario/a está establecido/a, y de conformidad con las prácticas contables habituales del/de la beneficiario/a en materia de gastos.
e) Que cumplan con lo dispuesto en la legislación fiscal y social aplicable.
f) Que sean razonables y justificados y cumplan con el principio de buena gestión financiera, en especial en lo referente a la economía y eficiencia.
g) Que presenten la mejor relación entre el importe de la ayuda, las actividades emprendidas y la consecución de los objetivos.

Detalles

  • Comienza: 2026/01/28
  • Finaliza: 2026/09/30

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