SUBVENCIONES PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS INNOVADORES PARA LA TRANSFORMACIÓN TERRITORIAL Y LA LUCHA CONTRA LA DESPOBLACIÓN EN ESPAÑA 2025
Nombre: SUBVENCIONES PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS INNOVADORES PARA LA TRANSFORMACIÓN TERRITORIAL Y LA LUCHA CONTRA LA DESPOBLACIÓN EN ESPAÑA 2025
Plazo de presentación: Desde el 2025-12-05 hasta el 2026-01-20
Tipo de ayuda: Concurrencia competitiva
Organismo: MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICAY EL RETO DEMOGRÁFICO
Beneficiarios: «Modalidad A. Proyectos promovidos por entidades locales». Podrán ser beneficiarias, para actuaciones que se desarrollen en su ámbito territorial, las siguientes entidades:
Las entidades locales recogidas en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, con excepción de las áreas metropolitanas.
Otras entidades locales, reguladas por la normativa autonómica, que tengan atribuidas las competencias y tengan la capacidad de gestión suficiente para desarrollar el proyecto para el que se solicita la subvención.
Las comunidades autónomas uniprovinciales, en el ejercicio de las competencias que corresponden a las diputaciones provinciales, y de acuerdo con el artículo 40 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Las agrupaciones de entidades locales que estén constituidas conforme al artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, siempre que todas las entidades agrupadas cumplan las condiciones de admisibilidad.
Los consorcios adscritos a la Administración Local, definidos en el artículo 118 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
«Modalidad B. Proyectos promovidos por entidades sin ánimo de lucro». Podrán ser beneficiarias las entidades sin ánimo de lucro de forma individual, así como las federaciones, confederaciones o agrupaciones de las mismas, incluidas las federaciones de entidades locales y las cámaras de comercio en tanto que actúen como corporaciones de derecho público, siempre que cumplan los siguientes requisitos:
Tener un ámbito territorial de actuación supraprovincial, autonómico o estatal.
Desarrollar proyectos o programas alineados con el objeto de estas bases reguladoras.
Carecer de fines de lucro.
Estar legalmente constituida y debidamente inscrita en el correspondiente registro administrativo en la fecha de presentación de la solicitud.
Disponer de la estructura y capacidad suficientes para garantizar el cumplimiento de los objetivos del proyecto.
Podrán presentarse las agrupaciones de entidades sin ánimo de lucro que estén constituidas conforme al artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, siempre que todas las entidades cumplan las condiciones de admisibilidad. En el caso de agrupaciones, el ámbito territorial de actuación a considerar, en el punto 1.º anterior, será el del conjunto de las asociaciones que integran la agrupación.
«Modalidad C. Proyectos promovidos por empresas y otras iniciativas emprendedoras, así como entidades de la economía social». Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las pequeñas y medianas empresas (PYME), las personas en situación de autoempleo y las entidades de la economía social, que cumplan los siguientes requisitos:
Tener la consideración de pequeña o mediana empresa, microempresa o persona en situación de autoempleo, conforme a lo dispuesto en el anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, o ser una entidad de la economía social de acuerdo con el artículo 5 de la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de economía social.
Tener domicilio fiscal ubicado en territorio español.
En el caso de PYMEs, estar legalmente constituidas e inscritas en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda, y tener la antigüedad mínima que se establezca en las convocatorias.
En el caso de personas en situación de autoempleo, estar dadas de alta en el régimen que corresponda de la Seguridad Social.
No tener la consideración de empresa en crisis conforme a lo dispuesto en el artículo 2.18 del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio de 2014.
6.º No superar el límite de ayudas de minimis ni estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
Proyectos subvencionables: Proyectos dirigidos a mejorar la eficiencia y eficacia de los servicios ofertados en la zona, que permitan mejorar la prestación de servicios en entornos de baja demanda. Se incluyen, entre otros, los siguientes: proyectos de digitalización u otro tipo de innovación en la prestación de servicios, al apoyo a la prestación de servicios públicos prestados por entidades locales u otros servicios como comercio, servicios financieros, que pudieran no ser viables sin aportación pública por la baja densidad de población o las limitaciones en el número de usuarios.Indicadores de los objetivos del proyecto: número de actuaciones llevadas a cabo. Número de participantes o personas que se benefician directamente de la actuación.
Servicios poblacionales y desarrollo de estructuras de apoyo a la atracción de nuevos habitantes. Actuaciones de promoción, capacitación y acompañamiento de personas o familias interesadas en establecerse en áreas rurales o con riesgo de despoblación, así como servicios prestados para favorecer la llegada e instalación de nuevos pobladores. Indicadores de los objetivos del proyecto: número de actuaciones llevadas a cabo. Número de personas atendidas por servicio. Número de personas efectivamente reasentadas.
Industria y comercio. Realización de actuaciones orientadas a la producción y/o transformación de bienes, así como a la mejora de las estructuras comerciales, incluyendo la mejora del comercio local o de cercanía, la comercialización de productos locales y el acceso de los mismos al mercado. Indicadores de los objetivos del proyecto: número de actuaciones llevadas a cabo. Número de empresas (incluyendo personas trabajadoras autónomas) beneficiadas.
Apoyo al emprendimiento y construcción de ecosistemas rurales innovadores. Actuaciones de fomento de actividades de emprendimiento e innovación en áreas rurales. Pueden comprender la dotación de espacios, formación, dinamización, acompañamiento u otro tipo de recursos. Indicadores de los objetivos del proyecto: Número de actuaciones llevadas a cabo. Número de emprendedores apoyados.
Cultura, ocio y deporte. Actuaciones que promuevan la creación cultural y artística o el desarrollo de proyectos culturales, así como proyectos de fomento del deporte y de estilo de vida saludable, con el objetivo de coadyuvar a la reactivación económica de la zona y a ampliar las opciones de acceso al ocio y cultura de su población. Indicadores de los objetivos del proyecto: Número de actuaciones llevadas a cabo. Número de participantes.
Puesta en valor del patrimonio local. Actuaciones que promuevan la conservación, rehabilitación y adaptación para la puesta en valor de los elementos del patrimonio cultural material e inmaterial. Indicadores de los objetivos del proyecto: Número de actuaciones llevadas a cabo. Número de participantes o personas que se benefician directamente de la actuación.
Servicios sociales, salud y economía de los cuidados. Fomento y desarrollo de proyectos que incluyan actividades sociosanitarias y orientadas al bienestar colectivo o de los cuidados, especialmente las dirigidas a mayores, infancia, personas con discapacidad o colectivos o grupos vulnerables de la zona. En concreto, proyectos de cuidados y apoyos sociales prestados de forma personalizada e integrada, con promoción de la vida independiente y la autonomía y que contribuyan a que la prestación de apoyos y cuidados mantengan a las personas en su medio convivencial y comunitario, evitando la institucionalización. Indicadores de los objetivos del proyecto: Número de actuaciones llevadas a cabo. Número de participantes o personas que se benefician directamente de la actuación.
Transporte y movilidad. Desarrollo de actuaciones orientadas a mejorar la movilidad de las zonas con mayor vulnerabilidad con los núcleos urbanos de referencia o los centros logísticos, con especial atención al desarrollo de soluciones de movilidad sostenibles e innovadoras (compartición de vehículo, servicios de viaje compartidos, movilidad activa, etc.) que promuevan o complementen los servicios de transporte colectivo regular de viajeros existentes en el territorio. Indicadores de los objetivos del proyecto: Número de actuaciones realizadas. Número de vehículos (si aplica). Número de viajes financiados (si aplica).
Medio ambiente y cambio climático. Realización de actividades destinadas a la conservación, restauración y gestión del medio ambiente, en los ámbitos de la biodiversidad, bosques, cambio climático (adaptación y mitigación), economía circular, calidad y salud de los suelos, prevención de la contaminación, reducción de riesgos, etc.; con la finalidad de generar nuevas actividades económicas sostenibles que incentiven la atracción de pobladores y actividad en la zona. Indicadores de los objetivos del proyecto: Número de actuaciones llevadas a cabo. Número de participantes o personas que se benefician directamente de la actuación.
Vivienda. Actuaciones destinadas a la mejora y desarrollo del parque habitacional (destinado a vivienda habitual, excluye alquiler vacacional) disponible en el medio rural, tanto en propiedad como en alquiler. Incluye el apoyo a la construcción y rehabilitación de viviendas para nuevos pobladores y residentes locales, o la dinamización del mercado del alquiler o soluciones de alta rotación como primer paso a la residencia habitual (no vacacional). Indicadores de los objetivos del proyecto: Número de actuaciones llevadas a cabo. Número de participantes o personas que se benefician directamente de la actuación. Número de viviendas sobre las que se ha actuado.
Gestión forestal sostenible. Actuaciones destinadas al estudio, planificación y aprovechamiento para la gestión forestal sostenible, incluyendo entre otros objetivos, la potenciación de los servicios ecosistémicos, la mejora de su funcionalidad ecológica, la optimización de la gestión integral de la biomasa forestal, su resiliencia frente al cambio climático, la mejora en la función protectora de poblaciones, infraestructuras y cultivos, y la prevención de incendios forestales. Se consideran, en particular, las actividades ligadas a la bioeconomía forestal que llevan asociadas posibilidades de generar empleo y desarrollo socioeconómico sostenible del medio rural, teniendo en cuenta los potenciales riesgos y efectos de la bioeconomía sobre la biodiversidad. Indicadores de los objetivos del proyecto: Número de actuaciones llevadas a cabo. Número de participantes o personas que se benefician directamente de la actuación.
Fomento del asociacionismo, creación de redes de cooperación y apoyo mutuo. Proyectos de apoyo y fomento de estructuras asociativas o que tengan como objetivo la creación de redes de cooperación y apoyo mutuo entre personas y grupos sociales que habitan en zonas con especiales circunstancias demográficas, en un ámbito preferentemente supramunicipal. Indicadores de los objetivos del proyecto: Número de actuaciones llevadas a cabo. Número de participantes o personas que se benefician directamente de la actuación.
Agricultura, ganadería y otras actividades del sector primario. Realización de actividades dirigidas a la optimización de la producción agropecuaria y la gestión y aprovechamiento de sus residuos o a la mejora de las estructuras productivas que mejoren el desarrollo rural o al relevo generacional y mejora de la formación de las personas trabajadoras. En especial, actividades agropecuarias que incluyan agricultura ecológica, regenerativa, ganadería extensiva, trashumancia, y medidas para favorecer la convivencia entre los grandes carnívoros y la actividad ganadera. Indicadores de los objetivos del proyecto: Número de actuaciones llevadas a cabo. Número de participantes o personas que se benefician directamente de la actuación.
Energía. Actividades tendentes a la optimización de la producción o del consumo energético, con la finalidad de mejorar las condiciones de habitabilidad o dinamismo de la zona o como medio para fomentar actividades económicas alternativas capaces de crear nuevos puestos de trabajo. Indicadores de los objetivos del proyecto: Número de actuaciones llevadas a cabo (detallando viviendas/otros edificios). Número de participantes o personas que se benefician directamente de la actuación.
Sociedad de la información y digitalización. Realización de actuaciones relacionadas con la implantación y desarrollo de las TICs, la mejora de las comunicaciones, o proyectos de digitalización. Indicadores de los objetivos del proyecto: Número de actuaciones llevadas a cabo. Número de participantes o personas que se benefician directamente de la actuación.
Turismo. Actuaciones orientadas al fomento del turismo sostenible e interpretación del patrimonio en zonas rurales, poniendo en valor sus posibilidades como actividad alternativa y complementaria de las actividades económicas tradicionales, incentivando el incremento y mejora de la renta en el medio rural; y con especial atención a formas especializadas de turismo cultural, rural, natural, ecológico, regenerativo, enológico, deportivo, o al turismo de naturaleza reconocido sostenible con el Sistema de reconocimiento de la sostenibilidad del turismo de naturaleza en Red Natura 2000. Indicadores de los objetivos del proyecto: Número de actuaciones llevadas a cabo. Número de participantes o personas que se benefician directamente de la actuación.
Proyectos que, en zonas afectadas por incendios y otras catástrofes naturales, contribuyan a la lucha contra la despoblación y a la reparación de impactos, restauración del medio e incremento de su resiliencia frente a futuros eventos extremos. Indicadores de los objetivos del proyecto: Número de actuaciones llevadas a cabo. Número de hectáreas en las que se actúa. Número de participantes o personas que se benefician directamente de la actuación.
Otros proyectos de innovación territorial, alineados con los objetivos de este programa de ayudas. Indicadores de los objetivos del proyecto: Número de actuaciones llevadas a cabo. Número de participantes o personas que se benefician directamente de la actuación. Otros indicadores a determinar según proyecto.»
Gastos subvencionables: Gastos de personal.
Personal propio de la entidad solicitante dedicado a la ejecución del proyecto. La convocatoria establecerá el coste máximo imputable por categoría profesional para cada modalidad, que no podrá superar el 120 % del importe de las retribuciones fijadas para los correspondientes grupos profesionales en el Convenio Colectivo Único vigente para el personal laboral de la Administración General del Estado, hasta el importe efectivamente abonado, de ser inferior al anterior. No podrán incluirse en este concepto los gastos originados por los miembros de Juntas Directivas o Consejos de Dirección de los beneficiarios, derivados del desarrollo de esa función.
Personal contratado específicamente para el proyecto. La convocatoria establecerá el coste máximo imputable por categoría profesional para cada modalidad, que no podrá superar el 120 % del importe de las retribuciones fijadas para los correspondientes grupos profesionales en el Convenio Colectivo Único vigente para el personal laboral de la Administración General del Estado, hasta el importe efectivamente abonado, de ser inferior al anterior.
Otros gastos de personal vinculados directamente al proyecto, siempre que estén justificados, tales como asistencia a cursos de formación específicos para el desarrollo del proyecto, seguros de responsabilidad profesional, reconocimientos médicos obligatorios u otros conceptos asimilables. En ningún caso tendrán el carácter de gastos de personal justificables las indemnizaciones por despido.
Bienes y servicios de uso corriente.
Gastos en material fungible en los que incurra la beneficiaria para la ejecución del proyecto.
Gastos en material didáctico, audiovisual o promocional en los que incurra la beneficiaria para la ejecución del proyecto.
Alquiler de espacios, equipos, vehículos o maquinaria.
Servicios profesionales contratados necesarios para la ejecución del proyecto (consultorías, traducciones, formadores externos, dinamización de actividades, ponentes, colaboradores esporádicos o asistencia técnica, asesoría jurídica o financiera, u otros similares).
Reparación, mantenimiento y conservación.
Publicidad, difusión y comunicación.
Desplazamientos, manutención y estancias del personal propio de la entidad solicitante o del personal contratado específicamente para el proyecto, siempre que los gastos estén vinculados directamente al proyecto. En caso de personal distinto al anterior, estarán limitados a aquellos precisos para participar en actividades que organice la beneficiaria con ocasión del desarrollo del proyecto.
La convocatoria establecerá el coste máximo imputable por estos conceptos, que no podrá superar el 150 % de las cuantías fijadas para el Grupo 2 por el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio. Este tipo de gastos no podrá superar, en ningún caso, el 10 % del importe total de la subvención concedida a la beneficiaria.
Otros gastos corrientes.
Tributos: tasas, contribuciones e impuestos directamente vinculados al proyecto. En ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.
Gastos de revisión de la Cuenta Justificativa. El importe subvencionable por este concepto no podrá exceder el 7,5 % del total de la de la subvención concedida, sin que en ningún caso pueda superar los 6.000 euros por proyecto.
Gastos de garantía bancaria, limitados a los asociados a la solicitud de anticipo de la subvención.
Otros gastos corrientes, siempre que se describa y se justifique su finalidad y vinculación con el proyecto. No se consideran subvencionables gastos en premios, becas u otras ayudas.
Gastos de inversión.
Inversiones en bienes inmuebles: adquisición, construcción o grandes reparaciones de bienes inmuebles (edificios, locales, oficinas, entre otros), u otras infraestructuras (viarias, deportivas, y otras dotaciones). La convocatoria establecerá el coste máximo imputable como gasto de inversión en bienes inmuebles, entre el 20 y el 50 % del importe total de la subvención concedida.
Inversiones en bienes muebles y vehículos.
Gastos de inversión de carácter inmaterial.
Gastos indirectos. Se imputará como un máximo del 10 % de los gastos directos subvencionables. Dicha fracción de coste no requerirá una justificación adicional.


