Personas trabajadoras en el Hogar y Prevención de Riesgos laborales: ¿Cuáles son las obligaciones como persona empleadora?
En los últimos años, se han dado pasos importantes hacia la equiparación de derechos laborales de las Personas Trabajadoras en el Hogar con el resto de sectores. Con la entrada en vigor del Real Decreto 893/2024, se concreta por fin el marco normativo que regula la prevención de riesgos laborales y vigilancia de la salud en el ámbito del hogar familiar.
Este nuevo escenario obliga a cualquier persona empleadora a asumir una serie de obligaciones legales en materia de seguridad y salud, bajo las mismas garantías establecidas por la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL). En este artículo te explicamos qué implica esta normativa y cómo cumplirla de forma correcta.
🔵 ¿Qué normativa aplica?
Las nuevas obligaciones vienen recogidas en dos normas clave;
📌 Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre
En el que se establece la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar.
En su artículo primero, este decreto modifica la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
- Se suprime el apartado 4, del artículo 3, que excluye actividades especiales del Servicio del Hogar Familiar.
- Se añade una disposición adicional decimoctava con la obligación;
“Protección de la seguridad y la salud en el trabajo de las personas trabajadoras en el ámbito de la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar, especialmente en el ámbito de la prevención de la violencia contra las mujeres”
📌 Real Decreto 893/2024, de 10 de septiembre
En el que se regula la protección de Seguridad y Salud en el ámbito del servicio del Hogar Familiar, realizando el desarrollo normativo de la aplicación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL).
🔵 ¿Qué derechos tiene la persona trabajadora?
Quienes trabajan en el hogar tienen los mismos derechos que el resto de personas trabajadoras en relación con la prevención de riesgos laborales. Entre ellos:
- Protección eficaz en materia de seguridad y salud.
- Información, formación y participación en PRL.
- Paralización de la actividad en caso de riesgo grave o inminente.
- Vigilancia de la salud adaptada al puesto de trabajo.
🔵 ¿Qué obligaciones tiene la persona empleadora?
La persona empleadora debe cumplir con las siguientes responsabilidades:
- Evaluar los riesgos del puesto de trabajo y aplicar medidas preventivas.
- Proporcionar los equipos de trabajo y de protección necesarios.
- Facilitar la formación e información en materia de PRL.
- Establecer una organización preventiva adecuada.
- Prevención de la violencia y acoso.
- Garantizar la Vigilancia de la Salud de la persona trabajadora, incluyendo el reconocimiento médico.
🔵 Plazos establecidos para la implantación
El 14 de mayo de 2025 comenzó el plazo legal de 6 meses para implantar las obligaciones en materia de Prevención de Riesgos Laborales en el hogar familiar. Por tanto, antes del 14 de noviembre de 2025, deben haberse adoptado las siguientes medidas:
- Evaluación de Riesgos: deberá incluir específicamente Medidas preventivas frente a la Violencia Sexual y el Acoso, en línea con lo exigido por la normativa.
- Formación en materia preventiva: esta fecha, además, está condicionada en este ámbito a que se produzca la resolución del SEPE para la puesta en marcha de actividades formativas.
- Reconocimientos médicos: esta fecha, además, está condicionada en este ámbito a que se desarrollen mecanismos para la realización en el marco del Sistema Nacional de Salud.
🔵 ¿Cómo puede ayudarte Grupo Isonor?
Desde Grupo Isonor, te acompañamos para cumplir con la normativa de forma sencilla, segura y adaptada a tu caso:
✅ Realizamos la documentación de la Especialidad Técnica en Prevención de Riesgos Laborales: evaluación, planificación, medidas de emergencia y documentación anexa.
✅ Impartimos la formación obligatoria en Prevención de Riesgos Laborales.
✅ Facilitamos medidas para la Prevención de la Violencia y Acoso Laboral, Sexual y por Razón de Sexo.
✅ Asesoramos de forma continua a la persona empleadora.
✅ Realizamos la Vigilancia de la Salud y los reconocimientos médicos a las personas trabajadoras.
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⚠️ Cumple la normativa y evita sanciones
El cumplimiento en PRL no es opcional: ahora es obligatorio también en el hogar familiar. Las personas trabajadoras del hogar tienen derecho a las mismas garantías que el resto, y la persona empleadora debe asumir sus responsabilidades como en cualquier otra relación laboral.
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