Detalles de este requerimiento para empresas y entidades obligadas a disponer de Sistema Interno de Información y Canal de Denuncias
A continuación te explicamos cuál es la novedad normativa, a qué entidades afecta este requerimiento, qué trámite debe realizarse y qué particularidades existen según la comunidad autónoma.
➡️Cuál es la novedad normativa
La Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección para las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, establece que las entidades obligadas a disponer de un Sistema Interno de Información (SII) deben designar un Responsable del Sistema Interno de Información (RSII) y comunicar su nombramiento —y, en su caso, su cese— a la autoridad competente.
Hasta ahora, esta comunicación estaba pendiente de la habilitación del correspondiente procedimiento electrónico por parte de la AIPI. Con la puesta en marcha de este formulario, la autoridad ha indicado que las entidades obligadas a este Sistema Interno de Información deberán comunicar el Responsable del Sistema Interno de Información (RSII) antes del 10 de abril de 2026.
👥A quién afecta
Esta comunicación afecta a quienes dispongan y estén obligadas a un Sistema Interno de Información (SII), que incluye el correspondiente Canal Interno de Información (habitualmente conocido como Canal de Denuncias). Consulta nuestra entrada anterior del blog, donde recordamos quienes están obligados a este sistema (enlace al blog)
⁉️Qué hay que hacer
Las entidades obligadas deben comunicar el nombramiento —y, en su caso, el cese— del Responsable del Sistema Interno de Información (RSII) ante la Autoridad Independiente de Protección del Informante (AIPI) a través de su sede electrónica, antes del 10 de abril de 2026.
📌IMPORTANTE: comunicaciones ante autoridades autonómicas
La comunicación ante la AIPI (ámbito estatal) debe realizarse con independencia de aquellas que deban efectuarse ante las autoridades autonómicas competentes, conforme a su normativa específica.
En cualquier caso, es necesario analizar el caso particular de cada empresa o entidad para determinar si, además de realizar la comunicación a la AIPI, es necesario también comunicar a la autoridad autonómica correspondiente.
Estas son las comunidades autónomas que cuentan, en este momento, con autoridad con competencias en la materia:
🔹Cómo puede ayudarte Grupo Isonor con este procedimiento
Si eres entidad obligada a tener Sistema Interno de Información y Canal de Denuncias (entrada al blog con el detalle de aquellas obligadas) y todavía no lo has implementado, estamos a tu lado para ofrecerte soluciones:
• Canal de denuncias, acorde a las especificaciones técnicas exigidas por la normativa.
• Diseño e implantación del Sistema Interno de Información adaptado a cada organización.
• Formación e información a la plantilla sobre la Ley de Protección del Informante y el funcionamiento del sistema.
• Asistencia e instrucción de denuncias.
Para cualquier duda, contacta con nuestro equipo lo antes posible;
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Recuerda que las sanciones derivadas de la Ley 2/2023 alcanzan el 1.000.000 de euros. No esperes a que una sanción obligue a actuar: adelántate y asegúrate de cumplir con esta obligación dentro del plazo y forma establecidos. En Grupo Isonor estamos a tu lado para impulsar el cumplimiento normativo y el desarrollo empresarial.







