Se remite información de las AYUDAS A NUEVOS PROYECTOS EMPRESARIALES DE EMPRESAS INNOVADORAS – PROGRAMA NEOTEC – BOE núm 117 de 16 de mayo de 2019
Le recordamos que desde Externor – Grupo Isonor tramitamos y justificamos estas ayudas. En caso de que estuviera interesado quedamos a su disposición para que nos consulte.
A continuación se detallan los puntos destacados de las bases reguladoras:
Beneficiarios
Pequeñas y medianas empresas innovadoras que cumplan los siguientes requisitos:
- No deberán estar cotizadas.
- Deberán estar constituidas como máximo en los tres años anteriores a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes de ayuda a la presente convocatoria, a contar desde la fecha de otorgamiento de la escritura de constitución de la empresa. Asimismo la fecha de otorgamiento de la escritura de constitución deberá ser al menos 6 meses anterior a la fecha de cierre del plazo de presentación de la solicitud de ayuda.
- No deberán haber distribuido beneficios.
- No deberán haber surgido de una operación societaria de las contempladas en la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.
- Deberán contar con un capital social mínimo, o capital social más prima de emisión o asunción, de 20.000 euros, desembolsado íntegramente, e inscrito totalmente en el registro correspondiente antes de la presentación de la solicitud.
- Deberán tener las cuentas anuales correspondientes a los dos últimos ejercicios, en su caso, depositadas en el Registro Mercantil o registro oficial correspondiente.
Proyectos Subvencionables
- Nuevos proyectos empresariales que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología. La tecnología y la innovación serán factores competitivos que contribuyan a la diferenciación de la empresa y que sirvan de base a la estrategia y al plan de negocio a largo plazo, con el mantenimiento de líneas de I+D propias.
* CARACTERÍSTICAS DE LOS PROYECTOS:
- Proyectos de 1 o 2 años de duración
- Deberán iniciarse a partir del 1 de enero de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2021
- Deberán tener un presupuesto mínimo de 175.000 €
Gastos Subvencionables
- Inversiones en equipos
- Gastos de personal
- Materiales
- Colaboraciones externas/asesoría (se pueden incluir coste derivado del informe de evaluación del experto o la certificación de auditor externo, acreditativos del carácter de empresa innovadora)
- Otros costes: alquileres, suministros, cánones y licencias, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes y otros derechos de propiedad industrial, seguros y gastos derivados de informe de auditor. Estos costes tendrán un límite de 2.000 € por anualidad y beneficiario.
Plazo de presentación de solicitudes
- Hasta el 1 de julio de 2019 a las 12:00 horas
Plazo de ejecución de proyectos
- Desde el 1 de enero al 30 de noviembre de 2019
Cuantía Subvencionable
- 70% del presupuesto de la actuación, con un importe máximo de subvención de 250.000 € por beneficiario
Presupuesto
- 25.000.000 €
Documentación
Concurrencia competitiva.